jueves, febrero 05, 2009


CARCAS
En más de una ocasión he debatido con Zalabardo en torno a la consideración que a ambos nos merecen los políticos. Él defiende que no hay que fiarse de ninguno porque, por mucha rectitud que finjan mostrar en la defensa de sus idearios, o los de sus partidos, en cuanto que alcanzan una mínima cuota de poder comienzan a relajarse y a actuar buscando determinados intereses, aunque ello suponga tener que disimular las ideas en el más recóndito rincón de la conciencia. Le discuto que no se puede generalizar; que, pese a lo que diga, serán más los rectos que los torcidos, aunque de estos, le concedo, también yo creo que hay unos cuantos. Y lo peor, me contesta siempre, no es que sean los de un partido o los de otro; son todos, por desgracia.
Ayer se me plantó delante con una medio sonrisa no se sabe bien si de triunfo o de amargura: ¿Ves lo que siempre te he dicho? Y me planteó dos asuntos de los que estos días se ocupan los medios. Uno es el del proceso abierto por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu contra ex altos cargos israelíes por la matanza, en gaza, de un grupo de civiles en el atentado contra un líder de Hamás en 2002. El otro, de naturaleza muy diferente, tiene que ver con la Ley de Costas y la defensa del medio ambiente.
Veamos el primero. La actuación de este juez viene motivada por la aplicación de la llamada jurisdicción universal. ¿Qué es tal figura jurídica? Me leo una página de Amnistía Internacional que la explica muy bien. En 1945, tras la Segunda Guerra Mundial, los tribunales de los países aliados la crearon para tratar delitos de lesa humanidad y de guerra cometidos durante el reciente conflicto fuera de sus territorios y cometidos por personas que no eran ciudadanos suyos ni residentes en esos territorios. Después, diferentes países fueron sumándose a la aplicación de tal jurisdicción y la extendieron no solo a infracciones de los Convenios de Ginebra, sino a las ejecuciones extrajudiciales, a las desapariciones forzadas, al genocidio y a la tortura. Todo esto quiere decir, expresado con un ejemplo burdo, que Francia podría procesar a un grupo de lapones por un delito de torturas cometido en Nueva Zelanda. Pues bien, en 1998, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional incluyó como delitos perseguibles por la jurisdicción universal los siguientes actos si se cometen de manera generalizada o sistemática: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelamiento u otra privación grave de de libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, tortura, violación, otras formas de violencia sexual, persecución, desaparición forzada, apartheid y otros actos inhumanos.
En aplicación de esta jurisdicción universal, España procesó a Pinochet y pidió su extradición al Reino Unido. Por el mismo motivo inició proceso contra militares estadounidenses por la muerte del periodista español José Couso en Irak. Y por lo mismo se explica ahora la actuación del juez Fernando Andreu contra los ex altos cargos israelíes. ¿Pero qué es lo que pasa? Pues que la ministra de Exteriores de Israel, Tzipi Livni, después de una protesta formal de su país, afirma muy satisfecha que su homólogo español, Miguel Ángel Moratinos, le ha prometido que nuestro Gobierno modificará las leyes relativas a la jurisdicción universal para evitar casos como el que comentamos. A todo esto, nuestro ministro de Asuntos Exteriores ni niega ni confirma tal aserto; ¿acaso por aquello de que quien calla otorga? ¿Por qué resulta tan molesto que en España se juzguen delitos cometidos por israelíes en la franja de Gaza? ¿Qué intereses pueden verse comprometidos?
Y vamos con el segundo caso. Para cortar de raíz los desmanes urbanísticos en nuestras costas, la ex ministra de Medio Ambiente Cristina Narbona luchó por que se aplicara con rigor la Ley de Costas, que databa de 1988. Entre otras cosas, dicha ley declaraba público todo el terreno de playa así como todo aquel hasta donde llegaban los mayores temporales conocidos. A la vista de que se había dado mucho desmadre y se había hecho mucha vista gorda, aquellas casas construidas con anterioridad a dicho año en dominio público pasaban a ser del Estado, aunque, para evitar injusticias y mayores daños, se otorgaban a sus dueños en plan de concesión durante sesenta años, plazo en el que estos no podían ni vender ni reformar las viviendas sin permiso. Pues bien, ahora el Gobierno, un periódico decía que 'de tapadillo' dicta normas que atenúan dicha Ley de Costas y echa por tierra la política de recuperación del litoral. De nuevo nos encontramos con muchos intereses trastornados por el cumplimiento de la ley.
Se diría que este tipo de actuaciones son propias de un Gobierno de derechas, pero resulta que, en nuestro país, las está llevando a cabo uno que se dice ser de izquierdas. Así se comprende el enfado de Zalabardo: "Habría que echarlos con caras destempladas, porque son todos iguales, unos carcas", grita de manera desaforada. Trato de calmarlo y le digo: Querrás decir con cajas, a lo que, sin comprender mi corrección, me respondió: "No, pues de llevarse las cajas ya se encargan ellos muy bien".
A propósito de carca, el diccionario de la Academia nos muestra que es una forma abreviada de carcunda, vocablo de procedencia portuguesa con el que se designaba a los absolutistas de aquel país en las luchas políticas de principios de siglo XIX. Poco después, se comenzó a utilizar el término en España para señalar de modo despectivo a los carlistas. En su origen, veo en el diccionario de Corominas, significaba 'jorobado' y, por metáfora, pasó a significar 'avaro, mezquino, egoísta', antes de utilizarse políticamente. Posteriormente, carca o carcunda, como sinónimos, pasaron a significar 'reaccionario, persona de actitudes retrógradas'. Y ahí estamos.

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